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Conceptos básicos · RD 1007/2023

Qué es Verifactu y cómo cambia tu facturación

Verifactu no es un impuesto nuevo ni un programa concreto. Es el nombre con el que suele conocerse el reglamento que exige que los sistemas informáticos de facturación generen registros íntegros, trazables y no alterables. Técnicamente, VERI*FACTU es una de las dos modalidades válidas para cumplirlo: la que envía esos registros a la AEAT.

Comprobar si me afecta y mi fecha → Comparar programas adaptados

Verifactu, en una respuesta corta

Cuando emites una factura con un sistema sujeto al RRSIF, el programa crea también un registro de facturación estructurado. Ese registro incluye una huella digital y queda enlazado con el anterior cuando existe. No es la factura que recibe el cliente: es el rastro técnico que permite comprobar que la facturación no se ha ocultado o modificado sin dejar constancia.

Las fechas generales vigentes son el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados del artículo 3.1 del reglamento, entre ellos muchos autónomos. Consulta los plazos y excepciones antes de aplicar una fecha a tu caso.

Idea clave: la AEAT no recibe necesariamente la factura. En la modalidad VERI*FACTU recibe su registro de facturación; en la modalidad no VERI*FACTU, el sistema lo conserva con medidas de seguridad adicionales.

Cómo funciona con una factura, paso a paso

  1. Preparas la factura con los datos del cliente, concepto, impuestos y numeración que correspondan.
  2. Al expedirla, el sistema genera el registro de alta, de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición.
  3. El registro queda encadenado mediante su huella y la referencia al registro anterior, salvo que sea el primero.
  4. El programa lo envía o lo conserva según hayas elegido modalidad VERI*FACTU o no VERI*FACTU.
  5. La factura incorpora un QR. Solo la modalidad de remisión añade la mención «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».
  6. Si hay que corregir algo, el sistema genera un registro posterior; no se borra ni se reescribe el historial.

El QR no convierte por sí solo una factura en correcta ni sustituye las obligaciones sobre su contenido. Su función depende de la modalidad: permite cotejar los datos remitidos en VERI*FACTU o comunicarlos voluntariamente a la AEAT en la modalidad no VERI*FACTU.

VERI*FACTU y no VERI*FACTU: las dos modalidades son válidas

En el lenguaje cotidiano se llama «Verifactu» a todo el reglamento. La AEAT distingue, sin embargo, dos formas de cumplirlo. Elegir una u otra no cambia tus obligaciones fiscales de fondo, pero sí la forma en que el programa protege y gestiona los registros.

En móvil: desliza la tabla horizontalmente para ver todas las columnas.

Diferencias prácticas entre las dos modalidades previstas por el RRSIF
Aspecto VERI*FACTU No VERI*FACTU
Registros Se remiten a la AEAT de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente. Se conservan en el propio sistema y deben poder exportarse para la AEAT cuando los solicite.
Seguridad adicional La remisión y el encadenamiento permiten prescindir de la firma electrónica del registro. Exige firma electrónica de los registros y un registro de eventos, además del encadenamiento.
Factura Lleva QR y la expresión «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT». Lleva QR, pero no la expresión VERI*FACTU.
Validez Modalidad válida prevista por el reglamento. Modalidad válida prevista por el reglamento; no equivale a usar software incumplidor.

Verifactu no es lo mismo que la factura electrónica

Verifactu / RRSIF

Regula cómo debe funcionar tu sistema de facturación y el registro que crea cuando expides una factura. El destinatario sigue recibiendo la factura, no ese registro técnico.

Factura electrónica

Regula el formato y el intercambio electrónico de la propia factura con su destinatario. Es una obligación diferente, aunque el mismo programa pueda resolver ambos procesos.

Por eso una factura en PDF no demuestra por sí sola que el sistema cumple el RRSIF, y usar VERI*FACTU tampoco convierte automáticamente la factura en una factura electrónica estructurada. Consulta el calendario separado de la factura electrónica B2B.

A quién afecta y quién puede quedar fuera

El ámbito es amplio en territorio común: alcanza a contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, a personas físicas con actividades económicas en IRPF y a determinados no residentes con establecimiento permanente, siempre dentro de las condiciones del artículo 3. No basta, por tanto, con preguntar si eres autónomo o tienes una sociedad.

Para una primera orientación, usa el comprobador de ámbito y plazo. Si tu caso mezcla SII, territorio foral, operaciones sin obligación de facturar o varios programas, confírmalo con tu asesoría.

Qué cambia y qué sigue igual

Lo que cambia en el programa

  • Genera registros de alta y, cuando corresponde, de anulación.
  • Encadena los registros y conserva la trazabilidad de las correcciones.
  • Añade el QR y la leyenda que corresponda a la factura.
  • Debe tener una declaración responsable visible para cada versión.

Lo que no cambia por el RRSIF

  • No aparece un impuesto nuevo ni cambia por sí solo el IVA aplicable.
  • Presupuestos y albaranes no se convierten en facturas por esta norma.
  • No tienes que cambiar de gestoría, aunque conviene acordar el circuito de revisión.
  • No existe un listado oficial de programas homologados por la AEAT.

Preguntas frecuentes sobre Verifactu

¿VERI*FACTU obliga a enviar todas las facturas a la AEAT?

No envía la factura que recibe el cliente. VERI*FACTU remite sus registros de facturación a la AEAT de forma continuada. El reglamento también admite la modalidad no VERI*FACTU, que conserva los registros en el sistema con requisitos adicionales de seguridad. En ambos casos debe utilizarse un sistema adaptado cuando el RRSIF resulte aplicable.

¿Verifactu y factura electrónica son lo mismo?

No. El RRSIF regula cómo funciona el sistema informático y los registros que genera al facturar. La factura electrónica regula el formato y el intercambio electrónico de la propia factura con su destinatario. Son obligaciones distintas, aunque un mismo programa pueda cubrir ambas.

¿Verifactu afecta a todos los autónomos?

No puede afirmarse de forma automática. El ámbito depende, entre otros factores, del territorio, del impuesto por el que tributas, de si utilizas un sistema informático de facturación y de si la operación está sujeta a la obligación de facturar. Quienes llevan los libros del IVA mediante el SII quedan fuera del RRSIF para esas facturas.

¿Podré seguir entregando facturas en papel o PDF?

Sí. El registro de facturación que crea el sistema no es la factura que recibe el cliente. La factura puede entregarse en papel o en formato electrónico según las reglas de facturación; cuando se expide con un SIF sujeto al RRSIF debe incorporar el QR y los demás elementos que correspondan.

¿La AEAT homologa los programas Verifactu?

No existe una homologación o aprobación previa de cada programa por la AEAT. El productor debe emitir una declaración responsable escrita para cada sistema y versión y mantenerla visible. Conviene comprobar que identifica exactamente la versión que vas a utilizar.

Qué hacer ahora, sin comprar a ciegas

  1. Comprueba si el RRSIF te afecta y cuál es tu fecha.
  2. Pregunta a tu proveedor por la declaración responsable de tu producto y versión, no por una supuesta homologación.
  3. Decide con tu asesoría si usarás VERI*FACTU o no VERI*FACTU y cómo se corregirán los errores.
  4. Si trabajas con hojas o plantillas, revisa cuándo Excel puede constituir un SIF.
  5. Compara programas por funciones, límites y precio antes de migrar datos reales.

También puedes consultar la guía específica para autónomos, las sanciones explicadas sin titulares alarmistas y las respuestas a dudas frecuentes.

Fuentes oficiales y revisión

Contenido revisado el a partir de fuentes primarias. Los enlaces llevan al texto oficial vigente o a la información del organismo competente.